Según la ley del Servicio Exterior Mexicano:
El Servicio Exterior Mexicano es el cuerpo permanente de funcionarios del Estado, encargado específicamente de representarlo en el extranjero y responsable de ejecutar la política exterior de México, de conformidad con los principios normativos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Servicio Exterior depende del Ejecutivo Federal. Su dirección y administración están a cargo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en lo sucesivo denominada la Secretaría, conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a los lineamientos de política exterior que señale el Presidente de la República, de conformidad con las facultades que le confiere la propia Constitución.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal mantendrán coordinación con la Secretaría para el ejercicio de acciones en el exterior.
El SEM es un cuerpo funcionarial altamente selectivo al cual se accede por medio de concursos de oposición transparentes y meritocráticos.
La estructura del SEM es jerárquica y está compuesta por los siguientes rangos: Agregado diplomático, tercer secretario, segundo secretario, primer secretario, consejero, ministro y embajador.
Los ascensos de rango también se realizan mediante concurso.
Los miembros del SEM son funcionarios de carrera, es decir, su puesto de trabajo es PERMANENTE. Sus puestos de empleo no están sujetos a cambios del partido en poder o negociaciones políticas.
No es necesario ser Licenciado en Relaciones Internacionales para acceder a cualquiera de las ramas, sin embargo, los temas vistos durate el proceso están altamente relacionados con la carrera y la mayoría de las personas que opositan son Internacionalistas.
Otras carreras comunes son : Derecho, Economía o Ciencias Políticas.
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